Decreto 175/20 (Municipalidad de colón)

Modalidad de Funcionamiento para Venta Minorista de mercaderías ya elaboradas (Artículo 1º inciso 4º – DA 524/20 Gob. Nacional)

Se deberá enviar por correo electrónico a habilitaciones@colon.gov.ar notificando su funcionamiento y acompañando Declaración Jurada y Protocolo de trabajo que debe contener la siguiente información

  1. Modalidad y logistica de distribucion
  2. Personas y vehiculos afectados a tareas de venta, empaques y envios, reduciendo el numero de personas al minimo indispensable
  3. El sistema de envios a domicilio deberá hacerse con personal propio o con servicio de envio de cadeterias y otras modalidades de transportes. En el caso de realizarse con personal propio, se podrá afectar un máximo de dos personas a dichas tareas. Los trabajadores y repartidores deberán tramitar el Certificado unico habilitante para circulacion COVID-19
  4. La venta será a puertas cerradas y sin ingreso a clientes. Esta será llevada a cabo a traves de canales electrónicos y venta telefonica

Se deberán respetar las medidas de seguridad  sanitarias vigente: a) Uso de alcohol en gel o sanitizantes y guantes protectores descartables para todo el personal dependiente; b) Garantizar la limpieza diaria general con productos desinfectantes, cubriendo pisos, puertas, picaportes, pasamanos, estantes, heladeras, cajas de cobro, carros de compra y canastos de mano, toda otra superficie de contacto y todo espacio de uso común.

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