ATER

  1. Contribuyentes del Régimen simplificado de ATER incluidos en la Categoría A y B quedarán exentos del pago del tributo mensual del mes de Abril.
  2. Se exceptúa del pago de intereses para aquellos tributos que hayan vencido entre el 17 y 31 de marzo y aún no se hayan abonado. Se podrán abonar hasta el 30 de junio sin cobrar recargo ni interés alguno.
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