Flexibilización de las medidas desde el lunes 31 de mayo

Flexibilización de las medidas desde el lunes 31 de mayo

Como se contempla en el DNU 334/2021 y su aplicación en la provincia de Entre Ríos a través del decreto provincial 1115/2021, donde se establece la flexibilización de las medidas desde el lunes 31 de mayo, hasta el vienes 04 de junio inclusive, las restricciones comerciales serán las que regían hasta el 21 de Mayo

Medidas generales.

Como medida general la flexibilización de las medidas desde el lunes 31 de mayo hasta el viernes 04 junio inclusive, establece la restricción de circular para las personas, entre las CERO (0) horas y las SEIS (6) horas.

Actividades Esenciales.

Así mismo, las actividades esenciales podrán desarrollarse en el horario de 06.00 a 00.00 cumpliendo estrictamente con las medidas protocolares establecidas para cada rubro.

Actividades No Esenciales.

También, la flexibilización de las medidas desde el lunes 31 de mayo y hasta el 04 de junio establece que las actividades no esenciales pueden volver a desarrollarse en la franja horaria de 06.00hs a 20.00hs.

Gastronomía.

Además, los locales gastronómicos podrán funcionar con aforo del 30% hasta la hora 00.00. El ingreso de personas se permitirá hasta las 23hs. Posterior a este horario podrán trabajar mediante sistema “take-away” o a través del delivery.

En estos espacios no estarán permitidas las actividades complementarias en forma presencial de artistas y grupos musicales.

Otras actividades

Quedan habilitados también los cines, los clubes y los gimnasios. Éstos deberán finalizar con las mismas, a las 20:00 hs.

Las actividades a desarrollarse en espacios cerrados, deberán realizarse con un aforo del 50% de su capacidad y hasta un máximo de 50 personas.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

Continúan suspendidas las siguientes actividades:

  • No pueden realizarse reuniones sociales en espacios cerrados. En espacios al aire libre, sólo hasta 20 personas.
  • Además continúan suspendidas las actividades de casinos, bingos, discotecas.
  • También se están prohibidos los eventos y espectáculos musicales y/o culturales que impliquen la concurrencia de personas.
  • Como así también las actividades en salones de fiestas y salas de entretenimientos (tales como cumpleaños, casamientos y otros festejos, salas de videojuegos).

Prórroga de las medidas hasta el 11 de junio.

Si bien el decreto que nos rige actualmente establece medidas más rigurosas, en los períodos desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive y los días 5 y 6 de junio de 2021, es un prórroga del DNU Nacional Nº287/2021.

Esto significa que las medidas establecidas en este último mencionado rigen hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive.

Asesoramiento y acompañamiento.

Desde la institución estamos a disposición para asesorar y acompañar sobre el alcance de las medidas mencionadas.

Ante cualquier inquietud o sugerencia están los canales habituales de comunicación haciendo clic acá.

0 0 vote
Valoraciones
Recibí notificaciones
¿Cuando?
guest
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios