Entre Ríos amplía horarios y aforos

Entre Ríos amplía horarios y aforos
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Entre Ríos amplía horarios y aforos

El gobierno de Entre Ríos emitió el decreto Nº2141/2021 donde se amplían horarios y aforos para la gastronomía, se permiten reuniones en los domicilios, y la circulación será hasta las 2.00 horas.

Nuevas disposiciones

El gobierno de Entre Ríos amplía horarios y aforos. Las principales medidas son las siguientes:

Restricción a la circulación

La restricción para la circulación nocturna será entre las 2 y las 6 horas de cada día.

Sin embargo, quedan exceptuadas de esta medida las personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales establecidas en el artículo 11 del DNU 125/21 PEN y artículo 12 del DNU 494/21 PEN.

Reuniones sociales

Se permiten las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas.

Si el domicilio cuenta con espacio al aire libre, y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.

Además, Se permiten las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de 100 personas.

Gastronomía

Se establece que la actividad gastronómica podrá funcionar entre las 6 y la 1.30 del día siguiente.

Paralelamente, se permiten los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares, con una ocupación máxima de hasta el 70% de capacidad en espacios cerrados.

En todos los casos, los organizadores deberán hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes.

Por ultimo, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.

Deportes

Se permite el entrenamiento, práctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines. Podrán realizarse entre las seis horas y las veinticuatro horas de cada día.

En los espacios cerrados, el coeficiente de ocupación podrá ser de hasta un 40 por ciento con espectadores, siempre y cuando no se superen las 200 personas.

En espacios abiertos al aire libre, el aforo máximo permitido será del 70% ciento del lugar habilitado y con un tope máximo de 400 personas para eventos deportivos locales y provinciales; y un máximo de 1.000 personas para competencias oficiales nacionales.

En todos los casos, los organizadores deberán hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.

Cultura

La actividad cultural podrá funcionar entre las 6 y las 24 horas de cada día.

Por esto, se permiten los eventos culturales y musicales al aire libre de hasta un máximo de asistencia de 1000 personas, siempre y cuando el predio donde se realice el espectáculo tenga las dimensiones suficientes para garantizar el distanciamiento entre los concurrentes.

Así mismo, las autoridades municipales y comunales tendrán a su cargo la habilitación de los espacios donde se desarrollarán tales eventos.

En todos los casos, los organizadores deberán hacer cumplir los protocolos vigentes y asegurar el distanciamiento entre los asistentes, el uso de barbijos en espacios compartidos y los elementos de higiene de manos.

Actividades religiosas

Podrán desarrollar las celebraciones religiosas las organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto. El horario permitido para tales actividades es entre las 6 y las 23 horas de cada día.

Asesoramiento y acompañamiento.

Desde la institución estamos a disposición para asesorar y acompañar sobre el alcance de estas medidas.

Ante cualquier inquietud o sugerencia están los canales habituales de comunicación haciendo clic acá.

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