Modalidad de Funcionamiento para Venta Minorista de mercaderías ya elaboradas (Artículo 1º inciso 4º – DA 524/20 Gob. Nacional)
Se deberá enviar por correo electrónico a habilitaciones@colon.gov.ar notificando su funcionamiento y acompañando Declaración Jurada y Protocolo de trabajo que debe contener la siguiente información
- Modalidad y logistica de distribucion
- Personas y vehiculos afectados a tareas de venta, empaques y envios, reduciendo el numero de personas al minimo indispensable
- El sistema de envios a domicilio deberá hacerse con personal propio o con servicio de envio de cadeterias y otras modalidades de transportes. En el caso de realizarse con personal propio, se podrá afectar un máximo de dos personas a dichas tareas. Los trabajadores y repartidores deberán tramitar el Certificado unico habilitante para circulacion COVID-19
- La venta será a puertas cerradas y sin ingreso a clientes. Esta será llevada a cabo a traves de canales electrónicos y venta telefonica
Se deberán respetar las medidas de seguridad sanitarias vigente: a) Uso de alcohol en gel o sanitizantes y guantes protectores descartables para todo el personal dependiente; b) Garantizar la limpieza diaria general con productos desinfectantes, cubriendo pisos, puertas, picaportes, pasamanos, estantes, heladeras, cajas de cobro, carros de compra y canastos de mano, toda otra superficie de contacto y todo espacio de uso común.